El famoso «Cheque Familiar» que consiste en la deducción de 1.200€ en el I.R.P.F. o una ayuda de 100€ al mes.
Esta ayuda va enfocada a Padres/Madres separados, divorciados o solteros con hijos, pensionistas y parados, familias numerosas con hijos o padres/madres con discapacidad.
¿ En que consiste el «Cheque familiar»?
Consiste en una ayuda del estado a la deducción de 1.200€ en la Declaración de la Renta o bien 100€ euros al mes durante un año.
¿ Quién puede solicitar el «Cheque Familiar»?
- Familias numerosas (al menos 3 hijos)
- Familias con hijos dependientes con una discapacidad superior al 33%
- Familia con ascendientes (Padre, Madre) dependientes con unas discapacidad superior al 33%.
-Las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones.
De esta forma, una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una saponificación de 2.400 euros al año.
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder solicitar el pago adelantado?
- Título de Familia numerosa o de la certificación oficial del grado de discapacidad del ascendiente o descendiente.
- Número de identificación fiscal (NIF) sin el cual no se podrá presentar la solicitud.
- Los solicitantes pueden trabajar por cuenta propia o ajena, Estar en el PARO, recibiendo cualquier prestación contributiva…
¿Cuál es el plazo para solicitar el “Cheque Familiar”?
A partir de este lunes 3 de Febrero y hasta el 31 de Marzo queda abierto el plazo de solicitud del «Cheque Familiar» I.R.P.F. 2017.
Forma de cobro
- La Agencia Estatal de Administración Tributaria te abona mensualmente mediante transferencia bancaria, el importe.
- En el caso que quieras descontar será en la presentación de la Declaración de la Renta,
¿Cómo se solicita la ayuda?
- Por internet
- Por teléfono: llamando al Centro de Atención Telefónica de la AEAT.
- Presencial, en cualquier oficina de la AEAT.
Para más información escríbenos info@gestoriabaratamadrid.com