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Ayudas a la Modernización de PYMES 2018 Madrid

En Gestoria Barata Madrid os informamos de las últimas novedades referentes a Ayudas a la Modernización de PYMES 2018 Madrid

Plazo de las ayudas: Inicio: 31 enero 2018  |  Fin: 20 febrero 2018
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Es una subvención a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las PYMES Comerciales de la Comunidad de Madrid

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Pueden acceder a la Subvención:

  • Pequeñas y medianas empresas (PYMES) y los empresarios individuales
    • Tendrán consideración de pequeñas y medianas empresas: Las empresas que cumplan con la Recomendación de la Comisión Europea de 6/5/2003
  • Su origen tiene que ser Español y desarollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid

Requisitos:

  1.  La cifra de negocios anual no puede ser superior a 50.000.00 de euros o un balance general anual no superior a 43.000.000 de euros
  2. Tener menos de 250 trabajadores
  3. Que su actividad comercial quede incluida dentro de las agrupaciones en el impuesto de Actividades Económicas que se detallan en el Anexo I de las Bases Reguladoras (Ver apartado Información relacionada, en la columna de la derecha)
  4. Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el Art. 13 de la Ley General de Subvenciones.

Cómo se solicita

a) Para realizar su tramitación por internet, a través de la página de la Comunidad de Madrid en el registro electrónico, acceda al módulo de «Gestión» situado en la parte superior derecha de la ficha informativa y siga los siguientes pasos:

1. En el apartado “Impresos”, se encuentran la solicitud y anexos necesarios.

  • Cumplimente la solicitud y “pulse guardar” para archivar en su equipo. No guarde la solicitud con otro formato, el registro no la reconocería.
  • Prepare los documentos que vaya a anexar a su solicitud.
  • Escanee aquellos originales que le sean requeridos, en formato PDF.
  • Si hubiera de realizar el pago de una tasa, archive el justificante.

2. Firme electrónicamente aquellos documentos que deba incorporar firmados

  • Para firmar electrónicamente los documentos, éstos deberán estar en formato PDF.

3. Pulse Internet y acceda al “registro electrónico», previa autenticación con DNIe o certificado electrónico.

  •  Incorpore la solicitud (registro realizará las comprobaciones correspondientes)
  •  Proceda a anexar los documentos que acompañarán a la solicitud

ADVERTENCIA: La capacidad máxima de cada fichero es de 4 Mb y la suma de todos no puede superar los 15Mb. Presente la solicitud con los ficheros hasta alcanzar  los 15 Mb

4. Al finalizar, pulse «Enviar» y su solicitud, con la documentación anexa, si la hubiera, quedará registrada y será enviada a la Unidad de Tramitación correspondiente.

5. Si lo desea, puede obtener una copia registrada de su presentación o guardarla en su equipo.


b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro

Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

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