Primero deberíamos entender qué es el IRPF para saber a que gastos deducibles como autónomos nos podemos acoger.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es un impuesto que grava la renta de las personas físicas. Se trata de un impuesto progresivo, es decir, a mayor renta, más cantidad pagarás, en el caso de los autónomos se grava con el 20% sobre sus beneficios.
¿Cómo podemos reducir para pagar lo mínimo dentro de la legalidad?
Los gastos que nos podremos deducir, son:
- Los que afecten a la actividad económica que desarrolla el autónomo
- Que ademas de afectar a la actividad estén justificados mediante factura
- Que se declaren en los libros obligatorios de Gastos e Ingresos
Gastos deducibles como autónomos (I.R.P.F.)
- Gastos de explotación, todos los materiales adquiridos para el desarrollo de su actividad, su mantenimiento y producción
- Cotizaciones a la Seguridad Social, del propio autónomo y los generados por los trabajadores
- Gastos financieros derivados de Créditos, préstamos …
- Servicios profesionales, abogacía, notaría, gestoría, seguros y publicidad …
- Sueldos y salarios de tus trabajadores
- Gastos derivados del local/oficina/vivienda
Vivienda (su domicilio habitual): Si ejerces tu actividad como autónomo en tu vivienda particular, deberás indicar a Hacienda, cuantos metros cuadrados vas a destinar a la actividad profesional y en esa misma regla te podrás deducir algunos gastos.
Local/ Oficina, se entiende que el local será integro para la actividad profesional, por tanto podrás deducirte todos los gastos derivados del mismo.
7. Telefonía, es conveniente que tengas un móvil exclusivo para la actividad, pero se entiende que al principio son muchos gastos los derivados de la apertura, por tanto podrás destinar un porcentaje como gasto para la deducción.
Novedades del 2018 sobre gastos deducibles
La nueva ley de Autónomos que llevamos anunciando tiempo, ya esta aprobada y a la espera que se publique en el B.O.E. la cual incorpora nuevas deducciones
Consulta todas las novedades legales de la nueva Ley Autónomos 2018 + INFO
Gastos de manutención
Desde el 1 de Enero del 2018 el autónomo se podrá desgravar la cantidad de 26,67.-Euros diarios en concepto de gastos de manuntención por la comida realizada dentro de la jornada laboral.
Gastos generados en la Vivienda
Se podrá deducir hasta el 30% de gastos de (agua, luz, gas, teléfono…) de la vivienda habitual, si realizas tu actividad profesional en ella.