El Pleno del Senado aprobó este miércoles por unanimidad, la nueva ley de Autónomos 2018 que incluye importantes mejoras del trabajo autónomo.
Algunas de estas medidas entraran en vigor el 1 de enero del 2018, mientras que el resto lo harán una vez que se publique en el B.O.E.
Las medidas principales de La nueva ley de Autónomos son:
- Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a los 24 meses y un año na vez finalice el primer año, se bonificará con un 50% otros seis meses y al 30% los siguientes seis meses.
- Acogerse a la tarifa plana los nuevos autónomos que no estuvieran de alta en los últimos 2 años. (Actualmente son 5 años).
- Los autónomos pueden darse de alta y de baja hasta tres veces en el mismo año.
- La Nueva ley de Autónomos 2018 modificará también poder cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año.
- Desde de enero, solo pagarán desde el día efectivo en el que se cause alta o baja en el RETA (no el mes completo como actualmente).
- Los autónomos pueden cobrar el 100% de la pensión por jubilación y seguir trabajando con la condición que tengan al menos, un empleado al cargo.
- En caso de pluriactividad se devolverá sin que haya que solicitarlo el exceso de cotización.
- Los autónomos que trabajen desde su domicilio particular, podrán deducirse hasta el 30% de los gastos de los suministros, como agua, luz o telefonía.
- Se podrá deducir por Gastos de comida hasta 26,67 euros diarios, cuando sea en España.
- Los retrasos en los pagos a la Seguridad Social se reducirá al 10%.
- Los autónomos al cuidado de menores o dependientes tendrán la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año.
- Los padres y las madres autónomos de baja por maternidad, paternidad, adopción, etc., estarán exentos de pagar la cuota en el periodo de la baja.
- Aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten de manera indefinida a de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, podrán bonificarse el 100% de las contingencias comunes durante un año, siempre y cuando el contrato dure, al menos, seis meses, y el autónomo no haya prescindido de trabajadores.
- Se reconoce el accidente que se produzca en la ida o en la vuelta al lugar de trabajo del autónomo, siempre que no coincida con el propio domicilio.
- Habrá mejoras para los emprendedores discapacitados, aunque todavía no se determinaron.
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