Muchos autónomos va a sufrir una fuerte subida de la cuota de autónomos.
La subida de la cuota de autónomos puede ser hasta 8,6% en sus bases de cotización a partir de enero del año 2023
Los autónomos que tuvieron que escoger la revalorización automática anual de sus bases de cotización, para no incurrir en un error.
Van a poder observar cómo sus cuotas desde enero de elevarán a un 8,6%, La razón es una disposición de los Presupuestos Generales del Estado del año 2023 que implementan esta subida.
La gran mayoría de los autónomos están expectantes para poder adaptar sus bases de cotización al nuevo sistema de ingresos reales que todavia no está habilitado por parte de la Seguridad Social y van a sufrir un aumento de la cuota de hasta un 8,6% en sus cuotas a finales de este mes de enero.
Esta subida de la cuota de autónomos es a consecuencia de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y afectaría a los trabajadores por cuenta propia que hayan escogido la revalorización automática anual de sus bases de cotización.
Según estipula el punto 6 del artículo 122 de los Presupuestos Generales del Estado para el 2023 (Ley 31/2022) publicados en el Boletín Oficial del Estado el pasado 24 de diciembre:
«La base de cotización de los trabajadores que a 31 de diciembre de 2022 hubiesen solicitado un cambio de su base de cotización con efectos desde enero de 2023 será la solicitada siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas del apartado 2, y cumpla lo establecido en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.»
Presupuestos Generales del Estado 2023
Los trabajadores que no hayan ejercido ninguna de las opciones anteriores mantendrán, a partir de enero de 2023, la base de cotización por la que venían cotizando en 2022 siempre que esta sea igual o superior a la que les correspondería por aplicación de los establecido en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad».
En el punto 6 del artículo 122 de los PGE se establece tres supuestos:
- El primero que el autónomo ya haya ajustado en enero sus bases de cotización en función de la previsión de ingresos reales que vaya a tener este año. En este caso, pagará la cuota correspondiente a su nueva base establecida en las tablas también publicadas en los PGE.
- El segundo supuesto atañe a todos los autónomos que en su día solicitaron la revalorización automática de sus bases. Para ellos, los PGE establecen una subida del 8,6% en sus bases que también afectará a sus cuotas.
- Según los PGE del 2023,
- Un autónomo cotice por la base mínima a finales del año pasado 960,60 euros al mes
- Con la nueva reforma 8,6% su base de cotización será de 1.043,21 euros al mes.
- Según los PGE del 2023,
- El tercer caso se refiere a aquellos trabajadores por cuenta propia que no están incluidos en ninguno de los dos anteriores supuestos. Es decir, ni han elegido base en función de su previsión de ingresos ni se apuntaron a la revalorización automática. Estos autónomos seguirán pagando la misma cuota que en el 2022 hasta que regularicen su situación para cotizar por ingresos reales.
También hay una subida de los tipos aplicables
Para más aumento de importes que soportan los autónomos se ha aprobado también una subida de los tipos aplicables que afectan a las bases y, por tanto, a las cuotas.
El tipo de cotización para los autónomos durante 2022 fue del 30,6%, y ha aumentado hasta el 31,2% en el presente año. (El famoso MEI puedes ver más información pinchando AQUI)
Sumado este incremento del tipo, un autónomo que tenga solicitada la revalorización automática de sus bases y que cotizaba por la mínima, pagaba en diciembre del año pasado 293,94 euros de cuota.
Ahora, con la subida del tipo aplicable a la base de cotización sumada la revalorización, le corresponde una cuota de 325,48 euros al mes a partir de enero, 31,54 euros más.
Con la nueva Ley de «Ingresos Reales de autónomos»
En el caso de que dicho aumento de su base de cotización supere a sus ingresos reales ya que sus rendimientos netos, no corresponden con el tramo que marca la tabla “la Seguridad Social le devolverá de oficio el exceso de cotización”.
En el caso contrario, en el que su base de cotización sea inferior a sus ingresos correspondientes, deberá abonar cuando le corresponda la diferencia a la Tesorería.