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Declaración de la renta

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Documentación necesaria para la Renta 2021

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En Gestoría barata madrid llevamos más de 30 años realizando labores de gestión con hacienda. Te asesoramos para que que pagues lo mínimo posible.

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¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?

Están obligados a declarar todos los ciudadanos que residan en España, excepto:

 

  • Los que hayan percibido exclusivamente rentas iguales o superiores a 22.000 euros anuales
    • Siempre que sólo se tenga un sólo pagador o que el los demás pagadores no superen los 1.500€
  • El limite se se establece en 14.000 euros, en los siguientes supuestos:
    • Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.
    • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
    • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
    • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
  • Cuándo los Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.
  • Los límites anteriores son aplicables tanto en tributación individual como conjunta. Están obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que perciban cualquier otro tipo de rentas distintas de las anteriores o superen los importes máximos indicados

Deducciones cómo Autónomo en la Declaración de la Renta

Gastos deducibles como autónomos (I.R.P.F.)

  1.  Gastos de explotación, todos los materiales adquiridos para el desarrollo de su actividad, su mantenimiento y producción
  2.  Cotizaciones a la Seguridad Social, del propio autónomo y los generados por los trabajadores
  3.  Gastos financieros derivados de Créditos, préstamos …
  4.  Servicios profesionales, abogacía, notaría, gestoría, seguros y publicidad …
  5.  Sueldos y salarios de tus trabajadores
  6.  Gastos derivados del local/oficina/vivienda
  7.  Vivienda (domicilio habitual): si ejerces tu actividad como autónomo en tu vivienda particular, deberás indicar a Hacienda cuántos metros cuadrados vas a destinar a la actividad profesional y en esa misma regla te podrás deducir algunos gastos.
  8.  Local/ Oficina, se entiende que el local será integro para la actividad profesional, por tanto podrás deducirte todos los gastos derivados del mismo.

Fuera de plazo ¿Qué pasa?

Te explicamos las consecuencias de presentar la Renta de las Personas Físicas (IRPF) fuera de plazo.

 

Puede que hacienda te haga pagar un recargo o una multa, es importante saber que el importe de las multas de Hacienda por declarar tarde, cambia dependiendo de los días que acumules en el retraso.

 

La penalización dependerá de si declaras voluntariamente, entonces harás frente a un recargo establecido en el artículo 27 de la Ley General Tributaria y no a una multa.

 

Es posible reducir un 25% el recargo de los importes, si te muestras conforme con la sanción impuesta como indica en el punto cinco de dicha ley.

 

Ver ► Multas hacienda

Recargos por impago

Si se ha presentado la declaración y ésta sale a pagar al contribuyente, pero no lo hace, Hacienda irá imponiendo una serie de recargos según el tiempo que se tarde en realizar el pago:

  • Si la cantidad la abona antes de tres meses – el recargo será del 5% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 3 y 6 meses – el recargo será del  10% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 6 y 12 meses – el recargo será del 15% de la cantidad a ingresar.
  • Si el pago supera los 12 meses – el recargo será del 20% de la cantidad a ingresar, más los correspondientes intereses de demora.

En caso de que la Agencia Tributaria detectará que la Declaración de la Renta no ha sido pagada aún y el contribuyente no tiene intención de abonarla, podrá aplicar sanciones adicionales de un 50% gasta un 150% de la cantidad a pagar, más lo intereses de demora

En el caso de que la Hacienda de lo comunique en reiteradas ocasiones, haciendo caso omiso, Hacienda podrá solicitar orden a los juzgados para que te embarguen cuentas bancarias y/o bienes.

Preguntas frecuentes

¿Te podemos ayudar?

Tendrás que presentarla entre el 7 de abril y el 30 de junio 

El plazo máximo para presentar las Declaraciones de la Renta es el 30 de Junio 2022

Las ayudas para los autónomos surgen periódicamente desde la administración pública. Van cambiando anualualmente

Si estas obligado a presentar la declaración y no la realizas, hacienda te sancionará por no presentarla y además te pondrá un recargo

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