Ya ha empezado la campaña de la Declaración de la Renta 2021 y por tanto hay que estar muy atentos a las deducciones que te puedes aplicar en la Declaración de la Renta ya que de eso dependerá el resultado de tu Declaración.
A la hora de cumplir con las obligaciones fiscales de esta campaña de la Renta conviene tener en cuenta que hay muchos casos en los que podemos desgravarnos cantidades, algunas de ellas, importantes.
Renta 2021
Nuestra situación personal y familiar, el régimen laboral, tener una vivienda en propiedad o en alquiler e incluso nuestra edad, son circunstancias previstas a la hora de poder aplicar algunas deducciones
Hacienda delegó las competencias de las deducciones a las Comunidades Autónomas, por eso cada Comunidad Autónoma, tiene sus deducciones propias
La Agencia Tributaria explica que las comunidades, «haciendo uso de las competencias normativas asumidas en relación con la parte cedida del IRPF, han aprobado deducciones autonómicas que únicamente podrán aplicar los contribuyentes que, cumpliendo los requisitos establecidos para tener derecho a las mismas, hayan residido durante el ejercicio 2020 en sus respectivos territorios».
Campaña Renta 2021
Así, Madrid, al igual que el resto de comunidades, tiene derecho a aplicar esas deducciones que, por lo tanto, pueden variar respecto a otros territorios. La Agencia Tributaria recoge en su Manual Práctico de Renta 2021 las deducciones a las que los contribuyentes pueden acogerse en la Comunidad de Madrid y las divide en cuatro tipos:
Por circunstancias familiares o personales
-Por nacimiento o adopción: según explica en su apartado de beneficios fiscales, la Comunidad permite deducciones de hasta 600 euros por hijo nacido adoptado en el periodo impositivo y también en los dos periodos siguientes. Si se trata de un parto múltiple, se podrán deducir 600 euros por cada hijo en el periodo impositivo. Los límites para esta deducción son 30.000 euros en tributacion individual, 36.000 en conjunta y sin que la suma de las bases imponibles de la unidad familiar supere los 60.000 euros.
-Por adopción internacional de niños: la región reconoce una deducción de 600 euros para paliar los gastos derivados de la adopción.
-Por acogimiento familiar de menores: la deducción será de 600 euros por el primer menor, 750 para el segundo y 900 a partir del tercero.
El método de la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la Renta, paso a paso
El método de la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la Renta, paso a paso
-Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad: si se convive con personas de estos grupos con parentesco cercano se podrán deducir 1.500 euros.
-Por cuidado de hijos menores de 3 años: en caso de contratación de empleadas de hogar se podrá deducir el 20% de las cotizaciones a la Seguridad Social con un límite de 400 euros anuales (en caso de familia numerosa, 30% y un límite de 500). Solo se podrán acoger a ella hogares que no superen los 30.000 euros de base imponible.
-Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos: estas familias, siempre que no superen una base imponible de 24.000 euros, podrán deducirse el 10% de la cuota íntegra autonómica.
Relativa a la vivienda habitual
-Por arrendamiento de vivienda habitual: los menores de 35 años (o menores de 40 en situación de desempleo con dos familiares a cargo) pueden deducirse el 30% de las cantidades destinadas al alquiler hasta un máximo de 1.000 euros. El límite de renta es de 25.620 euros en tributación individual y 36.200 en conjunta, además de que la unidad familiar no supere los 60.000 euros de base imponible.
Por donativos o donaciones
Por donativos a fundaciones y clubes deportivos: se podrá deducir el 15% de las donaciones a organizaciones reconocidas por la Ley de Fundaciones de la Comunidad, siempre que esas cantidades no superen el 10% de la base liquidable.
Otros conceptos deducibles
Por gastos educativos: se podrán deducir el 5% de los gastos de vestuario de uso escolar, el 10% de los gastos de enseñanza de idiomas y el 15% de los gastos de escolaridad obligatoria en familias con hijos el segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, la Enseñanza Obligatoria y la Formación Profesional Básica. La deducción máxima será de 400 euros (900 en familias que paguen gastos por escolaridad) y de 1.000 en casos de hijos en Educación Infantil (0-3 años). El límite de renta no podrá superar la multiplicación por 30.000 de todos los miembros de toda la unidad familiar.
Por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación: se deduce el 30% de la inversión, con un límite de 6.000 euros anuales. Si se trata de sociedades laborales (limitadas o anónimas) o cooperativas, así como creadas o participadas por universidades o centros de formación, se puede deducir hasta un 50% con un límite de 12.000 euros.
Las fechas de la Renta 2020-2021 que no se te pueden pasar: calendario completo
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